Reformado Código Penal: ¿Solución jurídica o desafío institucional? Un experto lo analiza

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El abogado Víctor Eddy Mateo Vásquez ha publicado un análisis crítico sobre la reciente aprobación del nuevo Código Penal dominicano, destacando tanto sus avances como los desafíos que plantea su implementación.

La Ley Orgánica 74-25, aprobada el 3 de agosto de 2025 tras más de dos décadas de debate legislativo, sustituye al antiguo código vigente desde 1884 y entrará en vigor el 3 de agosto de 2026.

El nuevo marco jurídico incorpora figuras como el feminicidio, el sicariato, el ciberbullying, la violencia económica, la estafa piramidal, el autosecuestro, la instigación al suicidio, los crímenes de lesa humanidad y la difusión de deepfakes con fines de chantaje. También se eleva la pena por violación sexual dentro del matrimonio o en relaciones de pareja, actualizando así el catálogo penal a los desafíos contemporáneos.

Mateo Vásquez señala que el proceso legislativo fue apresurado y poco consensuado, con escasa participación de especialistas en conducta humana como psiquiatras y psicólogos. A su juicio, el diseño penal privilegió opiniones institucionales, especialmente de la Procuraduría General de la República, sin una discusión amplia en el seno de la sociedad.

 

Vacatio legis y controversias jurídicas

El período de doce meses antes de la entrada en vigor ha sido interpretado por algunos legisladores como una oportunidad para modificar el texto, lo que ha generado críticas por desnaturalizar el propósito de la vacatio legis.

Además, el Congreso Nacional enfrenta el reto de cumplir con la sentencia TC/0765/24 del Tribunal Constitucional, que le exige revisar las modificaciones al Código Procesal Penal antes de fin de año.

Aunque el nuevo Código Penal se enmarca en los principios de un Estado Social y Democrático de Derecho, Mateo Vásquez advierte que la discrecionalidad otorgada al órgano persecutor podría abrir la puerta a violaciones de derechos fundamentales. En ese punto, plantea el dilema central: ¿realmente se cumple con el propósito de proteger la dignidad humana?

Fuente Hoy

 

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